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CONTRATO DE FIANZA: PRINCIPAL PAGADOR
Hay contrato de fianza cuando una persona se obliga accesoriamente por otra a satisfacer una prestación para el caso de incumplimiento.
Permite garantizar el cumplimiento de cualquier obligación que sea afianzable por parte de la fiadora, en este contrato la misma se constituye como principal pagadora.
Cantidad de páginas del documento: 2.
El contrato de fianza es regulado por las disposiciones del Libro Tercero, Título IV, Capítulo 23, artículos 1574 a 1598 del Código Civil y Comercial de la Nación.
CONTRATO DE FIANZA: PRINCIPAL PAGADOR
Hay contrato de fianza cuando una persona se obliga accesoriamente por otra a satisfacer una prestación para el caso de incumplimiento.
Permite garantizar el cumplimiento de cualquier obligación que sea afianzable por parte de la fiadora, en este contrato la misma se constituye como principal pagadora.
Cantidad de páginas del documento: 2.
El contrato de fianza es regulado por las disposiciones del Libro Tercero, Título IV, Capítulo 23, artículos 1574 a 1598 del Código Civil y Comercial de la Nación.